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DEMANDAS POR ACCESO A MEDICAMENTOS PROBLEMA DE SALUD PUBLICA

Actualizado: 2 ene 2020


María Belén Mena MD. MPH.PhD (c).

Universidad Central del Ecuador, Facultad de Medicina. Observatorio de Medicamentos. Universidad de Sao Paulo, Facultad de Medicina Ribeirao Preto.




La salud en el Ecuador es un derecho garantizado por el estado, que se vincula al ejercicio de otros derechos.


Dada la garantía constitucional que significa el acceso a medicamentos de calidad seguros y eficaces, el acceso a estos, se puede judicializar ante una aparente vulneración de derechos.


En el Ecuador el incremento de las demandas por acceso a medicamentos es un problema de salud pública progresivo. AL momento, se estiman alrededor de 140 causas, con fallo favorable, en más del 97%,¹ lastimosamente no se evidencia una reparación integral a los pacientes después de la sentencia, ni un seguimiento que permita verificar los resultados demandados..² Una vez dictada la sentencia, la movilización de recursos es escasa, los pacientes no reciben tratamiento integral y a veces llega extemporáneo, pese a todos los esfuerzos.

A inicio del año 2019, una peculiar sentencia exhibe magistralmente el enorme error que significa que un juez ordene el ingreso de medicamentos vía sentencia, a la lista de medicamentos esenciales de un país. Es más que un error de digitación, es desconocer toda la institucionalidad y criterios técnicos, es asumir el rol de prescriptor sin analizar la elegibilidad de los pacientes. El dictamen: “pembrolizumab para mieloma de conducto anal” (enfermedad que NO EXISTE), termina bloqueando incluso el acceso a de este medicamento al propio demandante.


Otro de los casos que ejemplifica el peligro de la judicialización por medicamentos, es sobre sentencias colectivas.

Una que llama la atención, es sobre un caso que contó con el apoyo de la Defensoría del Pueblo, para 80 pacientes en la ciudad de Cuenca sobre un medicamento llamado axitinib para cáncer renal,³ nuevamente, un error que confunde términos dictamina la adquisición de un medicamento para 80 pacientes que no existen, ⁴ (ni sumando todos los pacientes del Ecuador, se podría alcanzar en un mes a 80 pacientes elegibles para terapia con axitinib por cáncer renal). Dictaminar tan abiertamente, implica movilizar recursos (sacar de un lado para poner en otro lado), cuando las sentencias no son ordenadas, cuando no toman en cuenta si el paciente es elegible o no, cuando el decidor de justicia no examina todas las opciones, puede caer en el error, en lugar de proteger a un ciudadano, podría exponerlo a recibir un medicamento que no sea capaz de mejorar su calidad de vida, puede dilapidar los recursos del estado.

Ambroise Pare en 1500 DC, dijo que el “Juez juzga según se le informe”; es un campo altamente complejo el juez puede usar todos los medios posibles para llegar a la “verdad” y sin duda, abrazar las causas justas que ameriten medidas cautelares. El juez necesita informarse mejor.


Estas disposiciones judiciales brevemente relatadas, nos muestran que es indispensable particularizar las necesidades individuales de los pacientes. Incluir al Cuadro Nacional de Medicamentos Básicos, medicamentos por vía judicial es un enorme error que revela como cuando una instancia, desconoce la competencia técnica de otra, puede afectar el acceso a medicamentos de calidad, seguros y eficaces, aunque esa no haya sido su intención.


Referencias

1. Mena MB. Acceso a medicamentos oncológicos por vía judicial en el Ecuador entre 2012 y 2016.

2. Ministerio de Salud Pública del Ecuador. Departamento Jurídico. Conferencia para taller a la Escuela de la Función Judicial. Noviembre 2019.

3. Redacción Médica. Otorgan medidas cautelares a favor de 80 pacientes con cáncer del IESS. 20 de agosto de 201. Disponible en: https://www.redaccionmedica.ec/secciones/salud-publica/otorgan-medida-cautelar-a-favor-de-80-pacientes-con-c-ncer-del-iess-92686

4. Juicio No: ​01204201804448

5. Al momento de enviar este manuscrito, ningún paciente puede beneficiarse de pembrolizumab, pues la enfermedad para la cual se aceptó; no existe.

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