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CRISIS DEL SEGURO DE SALUD DEL IESS

Algunas reflexiones acerca del problema






PEDRO ISAAC BARREIRO

DM - MSP






La avalancha de imprecisiones que circulan de boca en boca acerca del futuro del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) sumadas a las intensas y publicitadas disputas de algunos ciudadanos para acceder a los más altos niveles de su estructura administrativa, han creado un escenario de incertidumbre y angustia no solamente entre sus afiliados y derechohabientes, sino en toda la población ecuatoriana ante el posible desmoronamiento de una de sus instituciones emblemáticas, muy próxima a cumplir 95 años de existencia.


La inoperancia y/o debilidad de los organismos de control y evaluación del manejo de sus recursos; el grave y creciente desfinanciamiento de tres de sus más importantes componentes en materia prestacional (Seguro General de Salud Individual y Familiar; Seguro de Vejez, Invalidez y Muerte; y Seguro Social Campesino); la discutible integración de su órgano de gobierno (Consejo Directivo); los acelerados cambios demográficos y la permanente variación del perfil epidemiológico experimentado por la población, son algunos de los factores que, sumados al aparentemente invulnerable flagelo de la corrupción y la politiquería, demandan iniciar de manera urgente un profundo proceso de reforma constitucional que enmarque la subsecuente e inmediata expedición de una Nueva Ley de Seguridad Social.


Infortunadamente, el bajísimo nivel de credibilidad del que hoy disponen las más importantes instituciones del Estado, entre ellas el propio IESS, es un obstáculo insalvable para arrancar con el proceso de reforma necesario. La tarea, por tanto, debe iniciarse con un severo “barrido” de los focos de corrupción existentes, para lo cual la identificación, procesamiento judicial, la sanción y la reparación de los perjuicios causados por los corruptos, es inaplazable. Solamente entonces sus afiliados y más derechohabientes estarían dispuestos a apoyar una reforma que ponga fin al evidente y creciente deterioro de sus servicios.


Hay que tener presente que, de acuerdo con el Artículo 370 de la Constitución de la República, el IESS está obligado a brindar prestaciones de salud a sus afiliados, es decir a quienes cotizan para acceder a su protección. Por tanto, esta obligación no se extiende a la población no afiliada, cuyos problemas de salud deben ser atendidos en las unidades del Ministerio de Salud Pública.


Todos los trabajadores asalariados saben que la afiliación al IESS es obligatoria y que requiere de un aporte mensual del 20,60 % de su remuneración, pero muy pocos saben que de ese porcentaje únicamente el 5,16 % está destinado para atender su salud. Es por eso que la gran mayoría de la población afiliada piensa que todo el aporte que mensualmente entrega al IESS es para atender su salud, lo cual es equivocado y distorsiona profundamente la valoración de los servicios que recibe frente al “precio” que equivocadamente supone que está pagando por ellos. Sobre este punto en particular veamos un ejemplo muy sencillo:


Un afiliado con un salario de 700 dólares, aporta mensualmente para el seguro de salud 36,12 dólares; es decir que en un año debe haber aportado 433.40 dólares.


Si este afiliado desarrolla una insuficiencia renal irreversible, debe recibir 3 sesiones de hemodiálisis cada semana. Cada sesión de hemodiálisis cuesta 165 dólares; por tanto, el costo semanal es de 495 dólares; el costo mensual es 1.980, y el costo anual asciende a 23.280 dólares.


La diferencia, es decir 22.846 dólares se cubre con el aporte de miles de afiliados “que nunca han ocupado los servicios del IESS”, es decir gracias a la solidaridad, principio rector de nuestra seguridad social, definida por la propia Ley en su Artículo 1 como “la ayuda entre todas las personas aseguradas, sin distinción de nacionalidad, etnia, lugar de residencia, edad, sexo, estado de salud, educación, ocupación o ingresos, con el fin de financiar conjuntamente las prestaciones básicas del Seguro General Obligatorio”.


Surge entonces una pregunta: ¿significa lo mismo estar afiliado, según el artículo 370 de la Constitución de la República, que estar asegurado y por tanto poder acogerse a la solidaridad mencionada en el primer artículo de la Ley de Seguridad Social? Esta aparente ambivalencia la resuelve el artículo 103 de la Ley, que determina que el derecho a las prestaciones se obtiene con la afiliación y la aportación obligatoria al Seguro General de Salud Individual y Familiar.


Otro ejemplo igual de sencillo:


El artículo 10 de la Ley de Seguridad Social en su letra d, dice: El jubilado recibirá prestaciones de salud en las unidades médicas del IESS, en las mismas condiciones que los afiliados activos, con cargo a la contribución financiera obligatoria del Estado. Sin perjuicio que el Estado entregue la contribución financiera, el jubilado recibirá la prestación. Tal beneficio, justo por cierto, se perfecciona en el artículo 104 que detalla que esa prestación consiste en asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y de rehabilitación…


El problema surge, se mantiene y se agrava porque el Estado no entrega la mencionada contribución finaciera, pese a lo cual el IESS debe seguir entregando la atención, con afectación a la calidad de los servicios y menoscabo de los ya insuficientes recursos disponibles para la atención a los afiliados activos y a sus derechohabientes.


Existen muchos otros problemas de igual y mayor complejidad, imposibles de abordar en una publicación como esta. Mencionaré solamente algunos de ellos: tasa de aportación insuficiente para cubrir los actuales costos de atención; voluminosa población que recibe servicios de salud sin que el Seguro de Salud del IESS reciba contribución alguna; débil control de transferencias de pacientes a servicios de salud privados; modelo de atención eminentemente curativo; desarticulación funcional entre los distintos niveles de atención en las unidades de salud; acelerada variación del perfil epidemiológico de la población afiliada; innovaciones tecnológicas y terapéuticas de elevado costo, etc., etc.


Si al pequeño listado expuesto se suman la corrupción, la impunidad y la evidente incapacidad administrativa existente en algunos niveles de la estructura institucional, seguramente se entenderá el por qué de la crisis.


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